martes, 5 de abril de 2016

Análisis Económico del Derecho

 A N Á L I S I S   E C O N Ó M I  C O  

 D E L   D E R E C H O

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Evaluar si una solución jurídica constituye los incentivos adecuados para que la gente se comporte de manera que se maximice, realmente, la satisfacción de ciertos fines fijados en la Constitución. Al visualizar las distintas posibilidades de respuesta por la sociedad, se continúa con precisar cuál es la que produce los resultados óptimos esperados y contrastarlos con lo prescrito por el Derecho vigente; en ese caso pueden suscitarse dos cosas: que las dos coincidan o que difieran, la primera alternativa sucede frecuentemente, pues se puede comprobar que muchas de las reglas dictadas por un legislador o establecidas  por la jurisprudencia obedecen a una cierta razón económica, a veces sorprendente.
El Análisis económico del Derecho es una corriente considerada dentro de la teoría del Derecho que aplica métodos propios de la economía en el razonamiento jurídico. Incluye el uso de la metodología y los conceptos propios de la ciencia económica para predecir el efecto de las normas jurídicas, con el objeto de determinar qué leyes o disposiciones jurídicas son económicamente eficientes y predecir qué medidas deberían ser promulgadas o adoptadas.
Es decir, propone la evaluación de las reales consecuencias de una norma existente y asimismo la predicción de los posibles efectos de una norma proyectada buscando diseñar mejores estructuras legales, más eficientes para arribar a los propósitos deseados, adoptando los medios que resulten más idóneos para ello.
Su aplicación no se limita a materias íntimamente vinculadas a la economía como reglas de antimonopolio y regulación, sino que es susceptible de aplicarse complementariamente para el estudio de cualquier tipo de normas legales, inclusive las de propiedad, obligaciones, justicia civil y criminal, derecho de familia, delito y pena, entre otras.
Muchas personas han criticado el Análisis Económico del Derecho pero finalmente llegan a reconocer que éste posee una utilidad, existen muchos conceptos, ideas y argumentos derivados de teorías económicas como los costos de transacción, costos de oportunidad, etc., que son debatidos constantemente por el público y que cualquier estudioso del Derecho podría incorporar a su lista de herramientas de al momento de ejercer su profesión. En mi opinión, el AED es muy útil cuando lo que se pretende es conocer, explicar y predecir cómo interacciona el sistema jurídico con la realidad, esto significa, cuál es o puede ser el impacto del Derecho sobre dicha realidad y, viceversa, cómo influye ésta realidad sobre el Derecho en sí.


El AED ayuda a saber, cómo reaccionará la población frente a las normas jurídicas, qué consecuencias tendrá esa reacción para el bienestar social y cómo pueden afectar diversas circunstancias sociales al contenido de esas normas.
El AED ofrece entonces una justificación para tales sucesos, es más, desde el AED se han elaborado teorías dirigidas a explicar por qué las normas jurídicas, bajo determinadas condiciones, tienden a ser económicamente eficientes o ineficientes, aunque a lo largo del tiempo se ha observado que el Derecho de origen judicial tiende hacia la eficiencia demostrando que los jueces muestran una cierta preferencia por la eficiencia, por otro lado se señala que lo que hace evolucionar al Derecho no es el gusto por la eficiencia perseguida por los jueces, sino más bien, el interés económico de éstos, en virtud del cual deciden en qué casos litigan y en cuáles evitan el pleito.
Las reglas jurídicas ineficientes imponen mayores costos agregados para el conjunto de los jueces que las eficientes, por lo que éstos tenderán a litigar contra las primeras, a fin de cambiarlas, más frecuentemente que contra las segundas. Por la misma razón, los individuos a quienes las reglas eficientes benefician pueden invertir en defensa de las mismas más recursos, a diferencia de los que se ven perjudicados, quienes pueden destinar sus esfuerzos a combatirlas.
Las reglas ineficientes tienen, por consiguiente, mayores probabilidades de ser rectificadas y desaparecer que las eficientes, cuyas perspectivas de perdurar son mejores, por lo que se puede suponer que a largo plazo haya menos normas ineficientes y más eficientes.
También resulta razonable pensar que varios factores pueden favorecer a que algunas normas de origen legislativo evolucionen hacia la eficiencia, como por ejemplo, la competencia entre los distintos sistemas legales nacionales manejados de manera distinta en cada país, pueden propiciar a que las personas muestren un cierto interés a establecerse en un país determinado y no en otros, basándose solo es los sistemas legales de cada nación y como éstos los pueden beneficiar o perjudicar más que otros, atendiendo más a sus intereses. Ello determinará que los Estados, en la medida en que pretendan atraer a más clientes será mejor que traten de ofertar normas legales que satisfagan óptimamente las necesidades de éstos, lo que determinará que las reglas jurídicas económicamente ineficientes tiendan a desaparecer.
Finalmente, considero necesario resaltar que, en contra de lo que a veces se piensa, el Análisis Económico del Derecho puede y eventualmente debe ser empleado para resolver problemas de legislación, para aplicar e interpretar el ordenamiento jurídico vigente y precisar cuál es la solución que el mismo prescribe para un caso concreto, todo ello en razón de que existen disposiciones normativas que ordenan explícitamente que se adopte una decisión jurídica con base en un análisis económico de las consecuencias que la misma puede tener. En segundo lugar, porque posiblemente no exista una previsión expresa de analizar el ámbito económico antes de tomar decisiones jurídicas, donde resalta la importancia de aplicar el ordenamiento jurídico vigente ponderando siempre los principios que le sirven de fundamento, y para efectuar esa ponderación, hay que llevar a cabo un análisis de los costos y beneficios, de las consecuencias negativas y positivas que para la realización de esos principios puede suponer cada una de las interpretaciones o soluciones consideradas.
Luego de haber señalado la importancia del AED, queda claro que una limitación que menoscaba un principio jurídico sin reportar beneficio legítimo alguno, no resulta óptima, pues siempre hay otra solución más beneficiosa para el conjunto de los intereses que se encuentran en juego, una restricción innecesaria tampoco es óptima, pues entonces hay otras alternativas que permiten alcanzar el mismo objetivo con un costo menor, de lo que concluimos que una restricción excesiva, cuyas desventajas superan a sus ventajas, tampoco resulta óptima, pues siempre resulta más beneficioso abstenerse de llevarla a cabo.
Puede afirmarse, por lo tanto, que aplicar principios jurídicos es sinónimo de tomar una decisión que no suponga un menoscabo inútil, innecesario o excesivo para cualquiera de los ciudadanos, por lo que es importante tomar una decisión que incremente la satisfacción global; para lograr ello habrá que tratar de averiguar en qué medida se aplicará cada norma propuesta y escoger aquella que logre lo que el gobierno se propone. Es decir, habrá que analizar los costos y beneficios que para los principios considerados se derivan de las posibles decisiones, y adoptar la que presente un mejor resultado.
Es importante resaltar que el método propuesto para legislar no difiere sustancialmente del método propio de la economía, los términos y medios resultan ser algo distintos, pero la esencia es la misma. Si aquélla es la ciencia que estudia cómo adoptar decisiones racionales en un mundo de recursos escasos, a fin de sacarles el mayor partido, a fin de maximizar su utilidad y satisfacer de la mejor manera posible los fines de los hombres, también los problemas de aplicación de los principios jurídicos pueden considerarse problemas económicos, de escasez, donde resulta imposible atender ilimitada y simultáneamente las exigencias de cada uno de los principios aplicables, donde debe tomarse una decisión que no restrinja inútil, innecesaria o excesiva mente su realización, una decisión que optimice la satisfacción del conjunto de ellos.
Por tanto algo provechoso podrá resultar de compartir los conocimientos de una ciencia con al de otra sin limitarse a tan solo emplear términos y conceptos económicos como costos, beneficios, precio, maximización, optimización, preferencia, utilidad, tasa, etc., sino plantear y resolver los problemas suscitados por la aplicación de los principios jurídicos; se trata, sobre todo, de utilizar aquí los conocimientos y métodos que durante cientos de años los economistas han ido desarrollando y perfeccionando con el objeto de tomar decisiones racionales que permitan aprovechar óptimamente nuestros limitados recursos y realizar en la mayor medida de lo posible nuestros diversos objetivos.
Mediante estas avanzadas herramientas, el AED busca estructurar el aspecto jurídico, elevar el análisis de costos y beneficios que hay que efectuar a la hora de aplicar los principios generales del Derecho, obviamente, las posibilidades de aplicar el AED para resolver problemas de leyes serán tan amplias cuanto mayor sea el margen que el ordenamiento jurídico vigente lo permita.

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